“Separada la práctica de la teoría es puro verbalismo inoperante; desvinculada de la teoría, la práctica es activismo ciego. Es por esto mismo que no hay praxis auténtica fuera de la unidad dialéctica acción-reflexión, práctica-teoría”.
Paulo Freire
🧭 Introducción: entre lo comprensible y lo injustificable
Nino Colman ha enfrentado múltiples obstáculos durante su encarcelamiento arbitrario. Entre ellos, la denegación de justicia por parte de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quienes le impidieron acceder a mecanismos no jurisdiccionales de defensa.
Tras denunciar a su abogado defensor por negligencia, la Procuraduría decretó la prescripción de la acción penal. Nino presentó una queja ante la CDHCM, que fue admitida, pero concluida sin sanción efectiva. Su madre, Francia Nelly Henao Agudelo, impugnó la resolución ante la CNDH, pero esta desechó el recurso por falta de legitimación.
“Nos sentimos revictimizados en este caso por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.”
⚖️ El primer amparo: acceso a la justicia desde prisión
Nino promovió amparo contra los artículos 64 y 65 de la Ley de la CNDH. El juez federal le concedió la razón, ordenando admitir el recurso promovido por su madre. La SCJN asumió competencia y confirmó que se vulneró su derecho de acceso a la justicia, al no permitir que un familiar actuara en su nombre estando él privado de libertad.
La Corte estableció que el recurso de impugnación puede ser promovido por familiares cuando la persona agraviada está en reclusión, conforme al artículo 25 de la misma ley.
“Mi hijo expresa su más rotundo rechazo a los términos en que se emitió el acuerdo de conclusión… Se le negó el acceso a la justicia y una eventual reparación del daño.”
📜 Segundo amparo: jurisprudencia y reparación
En otro juicio, Nino impugnó la falta de respuesta a recursos de impugnación y queja presentados en 2020. Aunque el amparo fue inicialmente sobreseído, la revisión judicial determinó que sí procedía, conforme a la jurisprudencia 1a./J. 23/2018 de la SCJN.
Se le concedió el amparo para que la CNDH:
- Deje sin efectos los desechamientos de 2020 y 2021.
- Admita y resuelva los recursos conforme a derecho.
La sentencia también obliga a la CNDH a suplir la deficiencia de la queja y requerir a Nino para subsanar cualquier omisión, conforme a las disposiciones legales aplicables.
🔍 Conclusión: el papel del Poder Judicial
Este caso evidencia cómo los organismos públicos de derechos humanos han fallado en su deber constitucional. Las decisiones del Poder Judicial de la Federación representan un contrapeso necesario para garantizar el acceso a la justicia de personas privadas de libertad como Nino Colman.
Deja una respuesta